¿CÓMO GARANTIZAR QUE TE PAGUEN EL ARRIENDO? SOMOS DALA INMOBILIARIA.

Junio 24 de 2018

¿CÓMO GARANTIZAR QUE TE PAGUEN EL ARRIENDO?

¿Cómo garantizar que le paguen el arriendo mes a mes?

Al firmar un contrato de arrendamiento las partes adquieren unas obligaciones, las cuales están consagradas en la Ley 820 de 2003.
 

Uno de los principales deberes del inquilino es pagar en las fechas estipuladas el canon de arrendamiento y mantenerse al día en los servicios públicos y en la administración, si es el caso.
 

Por una u otra razón es posible que el arrendatario falle en uno de los pagos o incluso en varios. Si bien ley respalda al propietario y por el incumplimiento el inquilino puede incurrir en diferentes sanciones económicas, administrativas o llegar a un proceso jurídico, si no hay conciliación, este proceso toma tiempo y puede suponer gastos o pérdidas para el dueño del inmueble. (Derechos y deberes de los arrendatarios: conozca cuáles son)
 

¿QUÉ ES UNA FIANZA?
 

El artículo 2361 del Código Civil colombiano establece que “la fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple”. 
 

¿QUÉ ENTIDADES CUMPLEN ESTA FUNCIÓN?
 

Para evitarse incomodidades y proteger la inversión en vivienda, existen en Colombia varias entidades que se encargan de ello y asumen la posición de fiador.
 

Estas empresas se denominan afianzadoras y su negocio se centra en contratos de arrendamientos y concesiones de inmuebles. 

Las compañías brindan tranquilidad y asesoría a los arrendadores para alquilar su propiedad. Estas evalúan los riesgos económicos que existen al arrendar un inmueble conforme al inquilino y se comprometen a responder por los incumplimientos del arrendatario dentro de la vigencia del contrato.
 

¿CUÁLES SON LOS SERVICIOS QUE PRESTAN?
 

Cada empresa ofrece diversas modalidades que incluye uno o varios de estos servicios. Todo depende de lo que el cliente quiera tomar. 
 

• Garantizan el pago de arrendamientos: hasta por el 100 por ciento del valor mensual estipulado en el contrato. En el caso de que el inquilino no pague, las afianzadoras lo hacen hasta por 36 meses consecutivos de mora o hasta que recuperen el inmueble.
 

• Pagos de la administración: la empresa asume este pago si el arrendatario no lo hace mientras se efectúa el proceso de cobranza. 
 

• Cobertura de servicios públicos: por lo general se cancela una cuota adicional que alcance para pagar hasta dos meses de deuda en los recibos de servicios. (Los arriendos aumentarán este año el 5,75 %)
 

• Asesorías: una vez se toma la decisión de tomar algún producto de la empresa, estos se encargan de hacer el análisis de riesgo de los potenciales arrendatarios y algunas compañías ofrecen asesoría para la elaboración del contrato de arrendamiento.
 

• Apoyo jurídico: en caso de presentarse un incumplimiento y que sea necesario entrar a un proceso jurídico, estas se encargan de ello. 
 

¿CÓMO SE PUEDE ACCEDER A ELLOS?
 

En algunos casos puede tomar el servicio de la afianzadora directamente el propietario, quien está encargado de la administración del inmueble, y en otras ocasiones la empresa exige que sea mediante una de sus inmobiliarias afiliadas, sin necesidad de que esta administre la propiedad.
 

Por lo general, se deben llenar unos formularios y presentar los soportes que permitan hacer el estudio de riesgo antes de poder alquilar el inmueble.

 

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